top of page

En Cartagena se implementan nuevas restricciones para mitigar contagios contra el Covid-19.


En Cartagena, los contagios de Covid-19 vienen en aumento y con ello la ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de la ciudad. El 1 de abril, pasó de estar en un 64% a alcanzar el pasado sábado un 80%.

William Dau, alcalde de la ciudad de Cartagena de Indias, se pronunció ante esto y dio a conocer algunos cambios en las medidas establecidas en el Decreto 0430 del 19 de abril y añadió unas nuevas restricciones para mitigar los casos de coronavirus. En las próximas horas, se darán a conocer las nuevas medidas de este decreto. Toque de queda. De lunes a domingo desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., ha sido el toque de queda que ha venido rigiendo en la ciudad, este pasará a funcionar de lunes a viernes desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Mientras que los sábados y domingos será desde las 12 del mediodía hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

Restricciones en las playas. Los sábados y domingos se restringirá el ingreso de bañistas a las playas. Esto dentro de las nuevas medidas implementadas en la ciudad de Cartagena. De lunes a viernes, estarán habilitados los distintos balnearios de forma biosegura, para el acceso de nativos y turistas, solo en un horario: de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. Pico y cédula. El pico y cédula no sufrió cambios. La medida se mantiene solo para el acceso y la circulación de personas en centros comerciales, entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies y supermercados en general. La rotación se mantiene como venía, los días pares podrán salir las personas cuyo último dígito de su cédula termina en par, y los días con fechas impares, los ciudadanos con cédula que termina en número impar. Martes 27 de abril: 1-3-5-7-9 Miércoles 28 de abril: 0-2-4-6-8 Jueves 29 de abril: 1-3-5-7-9 Viernes 30 de abril: 0-2-4-6-8 Sábado 1 de mayo: 1-3-5-7-9 Domingo 2 de mayo: 0-2-4-6-8 Otras medidas que se mantienen.

  • La prohibición para el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el espacio público y también en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras.


  • No se prohíbe la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas.


  • En toda Cartagena, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, esta restringido la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.




- El Universal.


Tele Heroica, te informa bien.

Kommentare


© 2020 Creado por Sofía Rodas

bottom of page